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Caracas, Agosto 2014

La Comisión Permanente de Defensa y Seguridad emite el presente Informe de Gestión, el cual contiene el trabajo realizado de las actividades planificadas y ejecutadas correspondiente al Primer Período Legislativo del año 2014, en cumplimiento con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 66, 197 y al proceso de rendición de cuentas, de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 48 y 49 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional.

 I MARCO LEGAL

1.1 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo 66. Los electores y electoras tienen derecho a que sus representantes rindan cuentas públicas, transparentes y periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el programa presentado.

Artículo 197. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional están obligados u obligadas a cumplir sus labores a dedicación exclusiva, en beneficio de los intereses del pueblo y a mantener una vinculación permanente con sus electores, y electoras atendiendo sus opiniones y sugerencias y manteniéndolos informados e informadas acerca de sugestión y la de la Asamblea. Deben dar cuenta anualmente de su gestión a los electores y electoras de la circunscripción por la cual fueron elegidos o elegidas y estarán sometidos o sometidas al referendo revocatorio del mandato en los términos previstos en esta Constitución y en la ley sobre la materia.

 1.2   REGLAMENTO INTERIOR Y DE DEBATES DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Artículo 13. Son deberes de los diputados y diputadas: 2°. Sostener una vinculación permanente con sus electores y electoras, atender sus opiniones, sugerencias, peticiones y mantenerlos informados e informadas sobre su gestión. 3°.Informar sobre su gestión y rendir cuenta anual de gestión a los electores y electoras.

Articulo 48. Las comisiones permanentes, por conducto de su Presidente o Presidenta, actuando en coordinación con el Vicepresidente o Vicepresidenta, presentarán a la Junta Directiva de la Asamblea, por escrito, un informe de gestión que dé cuenta de los trabajos realizados y materias pendientes con mención, si fuere el caso, de las dificultades que se opongan a su resolución y propuestas para superarlas.

Artículo 49. “Al final de cada período anual de sesiones ordinarias, las comisiones permanentes están obligadas a presentar cuenta de su actividad y a evaluar públicamente el trabajo realizado durante el año…”

II CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE DEFENSA Y SEGURIDAD

La  Comisión Permanente de Defensa y Seguridad integrada por los diputados William R. Fariñas, Presidente; Néstor F. León Heredia, Vicepresidente; Amanda Jiménez Lunar, Adel El Zabayar, Luís Gamargo, Mervin Méndez, Tobías R. Bolívar, Iván Stalin González y Tomás Guanipa Villalobos, y la Lic. Bettina Solano, Secretaria de la Comisión Permanente,  en el marco de sus competencias y para dar fiel cumplimiento a sus atribuciones en el estudio de los asuntos de defensa y seguridad de la Nación, funcionamiento, organización y gestión de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, política fronteriza, ordenación territorial y adecuada integración del territorio en la promoción de su desarrollo económico; así como organizar y promover la participación ciudadana en el ámbito de competencia de la Comisión; que por acuerdo de sus miembros sean consideradas procedentes; y aquellas que le fueren encomendadas por la Asamblea Nacional, la Comisión Consultiva, los ciudadanos o ciudadanas u organizaciones de la sociedad en los términos que establece la Constitución, la Ley y el Reglamento Interior de Debates.

III EQUIPO TÉCNICO ESPECIALIZADO Y AMINISTRATIVO  DE  LA  COMISIÓN.

El Equipo Técnico Especializado de la Comisión de forma constante y coordinada, realiza un excelente trabajo en todos los Proyecto de Ley, coadyuvando a elaborar instrumentos legislativos, así como investigaciones de toda índole o en los distintos temas del acontecer nacional e internacional.

En el marco de la participación el equipo profesional presta continuo apoyo técnico y secretarial, con el propósito de apuntalar la agenda legislativa, de investigación y participación de esta Comisión Permanente teniendo la responsabilidad de la elaboración de los informes de los Proyectos de Ley.

En atención a solicitudes de opiniones técnicas requeridas por parte de la Junta Directiva sobre cualquier tema, se realizan las pertinentes investigaciones involucrando diferentes áreas de las Ciencias Sociales, para la elaboración y participación en el proceso de leyes y acuerdos.

Los trabajos desarrollados durante el período de actividades legislativas del año 2013, consistieron en un conjunto de estudios y análisis sobre aquellas tareas asignadas por la Junta Directiva de la Comisión Permanente, las cuales involucraban tanto la redacción de opiniones, así como la asistencia técnica y respuesta a diversas consultas internas o externas presentadas sobre las materias de competencia institucional de la Comisión Permanente, todo enmarcado dentro de las atribuciones en materia de defensa y seguridad de la Nación, de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y de la Milicia Bolivariana.

IV BALANCE LEGISLATIVO PRIMER PERIODO LEGISLATIVO

Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), se dio el primer paso para la refundación de la República, lo cual significó un salto cualitativo con respecto al modelo de la democracia representativa, sentando las bases de un nuevo orden jurídico que consagra la democracia participativa y protagónica.

En tal sentido, Nuestra Asamblea Nacional Bolivariana ha enfatizado su  quehacer político en múltiples  funciones. Los legisladores han fungido de voceros del pueblo que los eligió, de los estados y del País; el Parlamento ha tenido  funciones de legislación, de control, administración o cogobierno, de foro Político Nacional por excelencia y  ha actuado como promotor  de la participación popular y ciudadana.

En la Cuarta República los diputados se abrogaban la representación absoluta del pueblo. Actuaban en obediencia  a sus propios intereses, a los de su grupo o partidarios que en la mayoría de los casos eran contrarios a los intereses y a las necesidades de las grandes mayorías. Conculcaban   completamente la voluntad del pueblo y anulaban sus poderes creadores.

Con la llegada al poder político del compañero presidente HUGO CHÁVEZ FRÍAS se produce la ruptura definitiva del modelo democrático- representativo y expropiante de la soberanía popular en todas sus dimensiones; y a su vez abre las compuertas políticas para el establecimiento de una nueva cultura y una praxis política de carácter revolucionario y popular.

En la  presente etapa  de  profundizar la  democracia participativa y protagónica  fundamentada  en el PODER POPULAR, se hace necesario trascender hacia la definición de nuevas relaciones sociales de poder, restituyendo al pueblo organizado y movilizado su voluntad política, legítima y originaria: Pueblo Legislador. Concepto  que se expresa  con  la participación directa y protagónica del pueblo en las consultas, redacciones y propuestas de leyes, en la toma de decisiones para alcanzar sus fines, foros de debate políticos y en la potestad soberana para la ejecución política.

Dentro de ese marco, debe consolidarse la organización popular y fortalecerse espacios con el objetivo de impulsar  todas las formas de expresión del Poder Popular con el fin de  ofrecer y facilitarle al pueblo que asuma su condición, no como consigna, sino como un reto cumplido EL PUEBLO PA LA ASAMBLEA y así, superar la concepción burguesa del poder legislativo y del papel del otrora legislador representativo.

Nuestra revolución bolivariana  ha emprendido la dura tarea de convertir a nuestro pueblo en PUEBLO LEGISLADOR, materializando el sueño  de nuestro Simón Rodríguez “Hacer leyes para los Pueblos no es tan difícil como se cree. Hacer un Pueblo legislador es obra muy laboriosa y ésta es la que ha emprendido la América española”.

PUEBLO LEGISLADOR es un  planteamiento Robinsoniano dirigido a demoler  la forma de legislar de la democracia representativa, del viejo y añorado por algunos  Congreso Nacional.  Este  Órgano legislador sancionaba leyes redactadas por un  grupo de abogados  identificados con intereses ajenos a la nación, al país y al pueblo. El concepto PUEBLO LEGISLADOR asume   legislar de cara a los problemas del pueblo,  país y de la nación. Con el convencimiento y la disposición de iniciar la discusión y el debate franco de ideas para elaborar de manera colectiva una metodología para instrumentar y cristalizar dicho concepto, so pena de parecer un proceso que demora en tiempo y espacio las discusiones y aprobación de las leyes.

Asumir el concepto de PUEBLO LIGISLADOR, darle contenido y convertirlo en actividad política revolucionaria; requiere no solamente voluntad, sino también, dedicación, creatividad, valentía, organización popular, disciplina y conciencia Revolucionaria, tanto de las  bases del Pueblo, como de la dirigencia revolucionaria y, sobre todo, de los Diputadas y Diputados  Revolucionarios.

Bajo este nuevo modelo de democracia, el ejercicio de la soberanía recae intransferiblemente en el pueblo (Art. 5 CRBV), lo que se traduce en el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas (Art. 62 ejusdem). A su vez, este nuevo concepto lleva aparejado la obligación del Estado y el deber de la sociedad de facilitar la generación de las condiciones más favorable para su prácticas.

En este contexto, la Asamblea Nacional por mandato constitucional (Art. 211), tiene la obligación de consultar a los ciudadanos y ciudadanas de la sociedad  organizada, durante el procedimiento de discusión de las leyes, a los fines de oír su opinión. Así, la Consulta Pública es uno de los mecanismos de que dispone el pueblo, en ejercicio de su soberanía (Art. 70 ejusdem). El Poder que había sido secuestrado por la oligarquía está siendo restituido al pueblo, quien, de batalla en batalla y de victoria en victoria, ha aumentado su nivel de complejidad organizativa.

Enmarcado en el concepto de soberanía ejercida por el pueblo (PUEBLO LEGISLADOR) y atendiendo el mandato constitucional, la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la Asamblea Nacional, dentro del ámbito de su competencia, centró su actividad durante el primer período legislativo 2014,  no en hacer leyes mecanizadas al mejor estilo de la cuarta república, sino en trabajar instrumentos jurídicos producto de una actividad que tiene como contenido esencial la participación de los diversos actores que forman parte del cuerpo social como sujetos transformadores de los problemas sociales que se pretenden resolver.

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 De acuerdo con lo expuesto, esta Comisión Permanente trabajó 02 proyectos de Ley y 02 anteproyectos de Ley, a saber:

  •  Proyecto de Ley de  Registro y Alistamiento para la Defensa Integral de la Nación, en la cual realizamos más de 30 mesas técnicas y la consulta pública donde nos desplegamos por diferentes estados, logrando una participación numerosa que significó en propuestas y observaciones que fueron consideradas para la elaboración del Informe para Segunda Discusión.
  •  Proyecto de Ley de Condecoración Medalla de Honor al Mérito de la Defensa Pública Militar, se realizaron mesas técnicas entre el personal del Ministerio del Poder Popular para la Defensa y la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad, en el proceso de Consulta Pública fueron consideradas las observaciones del personal que dignamente trabaja al servicio de la Defensa Pública Militar.

 El énfasis estuvo en la participación del pueblo en la consulta pública de los mismos. Se trata de involucrar directamente al pueblo a las decisiones legislativas para permitir que las leyes sean expresión de la voluntad popular y de la realidad concreta que vive Venezuela en la coyuntura históricas de transformación política, económica, social y cultural, en función de la construcción de una sociedad socialista.

 A tal efecto, contamos con la participación de 1200 ciudadanos y ciudadanas quienes nos nutrieron con invaluables aportes resultados de la sabiduría popular.

  •  Anteproyecto de Disciplina Militar, iniciativa del Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Defensa el cual ha contado con la asesoría de la Comisión Permanente, hemos realizado 07 reuniones de trabajo con personal integrante de la FANB, a objeto de cohesionar y adecuar al marco Constitucional vigente, los instrumentos jurídicos (reglamentos) que rigen la materia.
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  • Anteproyecto de Educación Militar, iniciativa del Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Defensa con el espíritu de desarrollar lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Educación y lo establecido en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Igualmente, en el seno de la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la ASAMBLEA DEL PUEBLO LEGISLADOR se sometió a conocimiento y discusión con el pueblo, temas de interés político y social, referidos tanto a la Fuerza Armada Nacional -como  nuestro ámbito natural de competencia-; como aquellos de interés Público Nacional.

 Por otra parte, esta Comisión Permanente, realizó 07 Foros en materia de Guerra de IV Generación, Biodefensa, Bioseguridad,  donde contó con la participación de 500 ciudadanos y ciudadanas aproximadamente. Además realizamos visita in situ a la frontera, estado Apure, constituidos en Comisión Mixta con el propósito de realizar dos asambleas populares en los sectores La Victoria y La Soledad, ubicados en la Parroquia Urdaneta del Alto Apure, en zona fronteriza para conocer a través del pueblo que habita en las riveras del río Arauca su situación.

 Es de resaltar que somos una Comisión que dentro de sus competencias y para dar fiel cumplimiento a sus atribuciones en el estudio de los asuntos de defensa y seguridad de la Nación, funcionamiento, organización y gestión de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, política fronteriza, ordenación territorial y adecuada integración del territorio en la promoción de su desarrollo económico; así como organizar y promover la participación ciudadana en el ámbito de competencia de la Comisión; que por acuerdo de sus miembros sean consideradas procedentes; y aquellas que le fueren encomendadas por la Asamblea Nacional, la Comisión Consultiva, los ciudadanos o ciudadanas u organizaciones de la sociedad en los términos que establece la Constitución, la Ley y el Reglamento Interior de Debates, presta asesorías de manera permanente.

 Para finalizar, nos  permitimos citar el texto de la carta de nuestro Padre de la Patria, Libertador Simón Bolívar, dirigida a Santander, el 14 de octubre de 1826:

 «En una palabra, mi querido general, yo no conozco más partido de salud, que el de devolver al pueblo su soberanía primitiva para que rehaga su pacto social. Vd. dirá que esto no es legítimo: y yo, a la verdad, no entiendo qué delito se comete en ocurrir a la fuente de las leyes para que remedie un mal que es del pueblo y que sólo el pueblo conoce. Digo francamente que si esto no es legítimo, será necesario a lo menos, y, por lo mismo, superior a toda ley: pero más que todo es eminentemente popular, y, por lo mismo, muy propio de una república eminentemente democrática».

 Nosotros en 1999 comenzamos la construcción de esa República eminentemente democrática  y en esa labor no pararemos porque es y será un hacer de todos los días mientras tengamos Patria.

 Atentamente

 DIPUTADO WILLIAM FARIÑAS

Presidente

 

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